NO A LOS REGISTROS DE MOROSOS

Son realmente un fastidio.

Para evitarlos, has de solicitar por escrito que te envíen el contrato o bien la grabación del mismo. Si no te lo envían o no acreditan las empresas o entidades “reclamantes” la realidad y existencia del mismo, en principio, no hay probada deuda a reclamar y por lo tanto no tienen derecho a ceder tus datos ni a incluirte, de forma unilateral, en ningún Registro de Morosos. Incluso puedes acudir al Juzgado a reclamar tal inexistencia de deuda y que te saquen de ese listado. Además, La Agencia de Protección de Datos está de tu lado en estos asuntos y sanciona con importantes multas a las entidades y empresas incumplidoras.

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