ESTADO DE ALARMA Y VISITAS A MENORES

En este estado de alarma en el que nos encontramos desde el 14 de Marzo y hasta, de momento el próximo 12 de Abril de 2020 toca sacar nuestra mejor versión. La flexibilidad y la generosidad, junto con el sentido común serán nuestros mejores aliados a la hora de saber cómo enfocar y resolver los innumerables conflictos que va a suponer el que uno de los progenitores, de forma unilateral, suspenda «de facto» las visitas acordadas en su día o bien que ya constan reguladas en la correspondiente resolución judicial.
Es fácil, si se quiere. Si se pone por encima de todo el bienestar y la salud de nuestros menores. Habrá que valorar si el alto riesgo de exposición al COVID-19 vale la pena para estar unos días con nuestros pequeños o si por el contrario nuestro deber, como padres y madres, es evitar al máximo su exposición a tan devastador virus. Habrá que compensar, efectivamente, a aquel del progenitor que vea «recortadas» sus visitas durante este estado de alarma. Nada complicado si, realmente, hay voluntad por ambas partes. Son muchos los días que, afortunadamente, nos quedan por vivir y, de ellos, de seguro, que habrá multitud de los que generosamente podamos desprendernos en favor de nuestros menores, practicando, a la recíproca la generosidad de todos aquellos progenitores que lo están siendo hoy, por y para su hijos/as. Cada supuesto es diferente, cada familia un mundo.
Los progenitores son parte de la solución, dejemos que sean ellos los que tomen esta decisión tan delicada, ayudémosles a encontrar un punto de encuentro, no ha ahondar en sus diferencias.
El estado de alarma no debe ser una excusa para suspender las visitas pero tampoco debe ser una amenaza para exigir que aquellas se cumplan a toda costa y, en especial, a costa de las salud de nuestros hijos/as; menores indefensos que se merecen todo lo mejor de nosotros, de vosotros sus progenitores. Y lo mejor, aún está por venir y ojalá que lo sea pronto. Cuidaos. Asun Fieira

El lenguaje positivo: una herramienta muy eficaz

Ignoraba que las palabras que utilizo a diario pudieran influir en que vaya a vivir más o menos años y que mi vida sea más o menos feliz.
No sabía tampoco que,dependiendo de las palabras que uso, mis negociaciones iban a ser más fructíferas y mis conversaciones, mis vivencias me generarían mayores
recuerdos positivos y, en definitiva, mayor bienestar.
Nunca había escuchado que esto fuere posible.
Pero, afortunadamente, cayó en mis manos el Libro titulado » La Ciencia del Lenguaje Positivo» de Luis Castellanos y otros. Es, simplemente, fantástico.
Tan solo con poner en práctica lo que en sus páginas se desgrana, mi vida ha cambiado.
Y no sólo en el ámbito personal, que también, en el profesional.
Hoy en día en que las negociaciones son en su mayoría vía e-mail… es muy útil conocer y manejar el lenguaje positivo. Realmente, mis negociaciones han mejorado sobremanera.
Os lo recomiendo.
No podía menos que compartir esta experiencia que creo debería vivir cualquier persona.
Espero que os sea útil.
Asunción Fieira

#RUPTURASINTRAUMA

Caja1-04

Toda ruptura ya sea de un matrimonio canónico, civil, pareja de hecho o simple pareja de convivencia y proyecto en común, sean cuales sean sus integrantes, supone una quiebra de todo un mundo personalísimo, de una situación emocional concreta, económica diferenciada, única y vivencial que, durante mucho tiempo, fue considerada ideal, o al menos, conveniente por sus miembros.
Cuando llega ese momento delicado y de gran transcendencia para la vida de todas las personas que se ven afectados por la decisión de poner fin, de soltar amarras…se ha de pensar no sólo en lo que ello supone para los miembros adultos de la pareja si no también lo que ello supone para los más pequeños/as que, en muchos casos, están ahí, ahora y siempre.

Mucho se ha escrito acerca de cómo los progenitores han de abordar esta cuestión para con sus hijos/as. Unos abogan por no decir nada » son muy pequeños para entenderlo» dicen, otros optan por «maquillar» la situación inventándose toda una suerte de viajes inacabables o trabajos imposibles, en fin, toda una gama de situaciones ficticias que otros solucionan con sentido común: contado la verdad.

Y esta se revela, en mi humilde opinión, como la mejor acción: contar la verdad, con tacto eso sí, pero la verdad y además juntos.
Con relación a este tema, no hace mucho, concretamente con ocasión del Día Universal de los Derechos de la Infancia una compañera letrada, Carmen Varela Álvarez, nos obsequió a todos las que tenemos la suerte de seguirla en redes sociales con un DECÁLOGO para reflexionar, este que a continuación transcribo:

» (…) Por unos minutos, pensad que sois una niña/o a los que sus padres comunican que se van a divorciar. Esa niña/o pensaría ( pero seguramente no diría) lo siguiente:

1º.- Quiero saber qué ocurre: contádmelo¡. Soy vuestro hijo/a. Hacedlo con cuidado.
2.- Que os separéis es un noticia muy dura para mí y me hace sentir muy triste.
3.- Os quiero a los dos y quiero continuar compartiendo mi vida con cada uno de vosotros.
4.- Necesito que sigáis decidiendo conjuntamente, pensando en lo mejor para mí. No me obliguéis a elegir.
5.- Quiero a los abuelos, tíos y primos. No me privéis de ellos.
6.- Cuando os escucho discutir me siento muy solo/a y tengo miedo. Me hacéis sentir culpable.
7.- No puedo deciros todo lo que pienso y siento. Tengo miedo a decepcionaros o que os enfadéis conmigo.
8.- Comunicaros¡. No soy un/a mensajero/a.
9.- Dadme tiempo para aceptar otras personas importantes para vosotros.
10.- Para mí sois únicos, os acepto tal como sois. Respetaros¡
Se puede decir más alto pero no más claro. Es la voz de nuestros niños».

Y tras leerlo, no puedo por menos que compartirlo con todos vosotras/os y pediros que lo apliquéis si os veis en el caso y lo difundáis aunque no lo estéis pues, de seguro, servirá de ayuda a muchos niños/as – y al tiempo a sus padres , madres y familiares -que lo único de lo que son responsables es de amar a sus progenitores en cualquier circunstancia, convivan juntos o no.
Ayudémosles a no sufrir más de lo necesario, a sentirse queridos, a no ser utilizados, a no ser testigos involuntarios de acciones irrespetuosas, a sentirse escuchados, a no verse privado de otros seres muy queridos para ellos/as, a ser pacientes con sus pequeños desplantes adaptativos a la novedosa situación, en fin, a ser aceptados como son, incondicionalmente, en una situación por ellos/as no buscada ni querida pero que ahí está y en la que se ven inmersos/as en demasiadas ocasiones.
En nuestras manos está hacérsela más llevadera o no…..
Asunción Fieira Busto.- Abogada y Mediadora

VOLVER AL COMPAÑERISMO….

Mas de veinte años atrás comencé mi andadura en la profesión de la abogacía.

Miro hacia atrás y recuerdo unos inicios difíciles, sin tradición jurídica familiar; más en mi camino principiante agradeceré siempre la suerte que tuve de encontrarme con personas que me apoyaron de forma incondicional.

Personas en las que podías confiar pues eran leales a la palabra dada; no había ni esperabas  sorpresas en el Juzgado, se respetaba al compañero/a y, en definitiva, se respetaba lo pactado y sellado con un simple apretón de manos.

La fuerza de la palabra y el respeto al acuerdo campaban a sus anchas por despachos y Juzgados.

En ese escenario, sin temor a equivorcarme, tengo  el privilegio de poder decir que, aún siendo mujer y abogada, mis compañeros y compañeras – escasas en aquellas fechas- me trataron siempre de tú a tú, con respeto y  siempre con la mejor de las disposiciones…. mas de veinte años atrás…

Compañerismo.. ¡ qué importante en cualquier profesión¡.

El » hoy por tí, mañana por mí» estaba al orden del día. La solidaridad entre  letrados/as, aún siendo oponentes, reinaba por doquier.

Lamentablemente, esto ha cambiado… ya los compañeros/as de profesión no somos al tiempo compañero/as de andadura.

 » Arrieros somos y en el camino nos encontraremos»  me repetía un compañero ya fallecido.

Hemos dejado de llamarnos cuando surge cualquier problema- incluso personal- que nos impide o dificulta llegar al Juzgado, provocando a veces suspensiones y dilaciones innecesarias; los pleitos se han convertido en auténticas luchas sin nombre, sin caras… lo que importa es el fin, no el cómo lo has conseguido ni a costa de qué ni de quién.

O al menos esta es mi percepción… ojalá que equivocada….

La competencia impera hoy en nuestra profesión en detrimento del compañerismo en la misma, cuando ambos conceptos no deberían ser excluyentes; podrían perfectamente convivir en estos mundos nuevos que nos toca vivir pero… falta actitud y aptitud negociadora, no interesa … ¿ por qué?.

Afortunadamente,  dicen que  » todo es cíclico», espero que en breve volvamos a sentirnos compañeros/as y actuar como tal, nosotros/as nos sentiremos mucho mejor en nuestro duro día a día y nuestros clientes, de seguro, también resultarán beneficiados/as.

No hay límites para mejorar, por favor, mejoremos en esto, está en nuestras manos.

Asunción Fieira

Bienvenida al blog

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A todas/os

Bienvenidos/as a este blog que pretende ser un espacio desde el que expresar y poder compartir no solo experiencias y novedades jurídicas si no también ser un lugar de reflexión sobre el derecho a la igualdad, la corresponsabilidad, la Justicia, la Mediación y cualquier otro de actualidad relacionado con el mundo del Derecho.

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Cómo cambiar el titular de un vehículo

El primer paso es ir a la Agencia Tributaria. Para ello deberemos llevar en nuestro poder los originales y fotocopias de la documentación del vehículo, el DNI del vendedor y comprador así como el modelo 620 correctamente rellenado. Mucho ojo si en vuestra ciudad existen varias oficinas ya que no en todas se puede realizar el cambio de titularidad. Es conveniente enterarse antes en cuál lo podemos hacer para evitar dar vueltas ya al comienzo del día.
Atención también con el documento que debemos rellenar porque en algunas Comunidades Autónomas como el caso de Asturias, es necesario rellenar el modelo 620 de la propia provincia y no el general. En todos los casos, el modelo 620 puede ser descargado y rellenado desde la propia página web de la Agencia Tributaria o si no solicitado en las propias oficinas, previo pago de 0,50 €.

Constitución española de 1978

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La Constitución española de 1978 es la norma suprema delordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España,2 en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.3

La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembredel mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior Jefe del Estado, el general y dictador Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria.4

La jurisprudencia

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La jurisprudencia es el conjunto de decisiones de los tribunales sobre una materia determinada, de las cuales se puede extraer la interpretación dada por los jueces a una situación concreta. Tiene un valor fundamental como fuente de conocimiento del derecho positivo, con el cual se procura evitar que una misma situación jurídica sea interpretada en forma distinta por los tribunales; esto es lo que se conoce como el principio unificador (art. 321 CPC) de la jurisprudencia, cuya aplicación reposa en el Tribunal Supremo de Justicia.